• Modificación en R.D. 238/2013-RITE: “Revisión de la calidad del aire interior”

    Modificación en R.D. 238/2013-RITE: “Revisión de la calidad del aire interior”

    El Real Decreto 238/2013 de Modificaciones del RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios), incluye en el apartado de Mantenimiento Preventivo, como obligatoria con periodicidad anual, la Revisión de la Calidad de aire interior según la Normas UNE 171330 y 100012.

    Esta modificación afecta a todos los Edificios con Instalaciones con una potencia útil mayor a 70 Kw. Dentro de este apartado se encontrarían instalaciones de diferentes tipos, tales como centros comerciales, hoteles, edificios corporativos y de oficinas, y hospitales y clínicas, entre otros.

    La calidad del aire interior es, desde ahora, un requisito legal que deben cumplir las instalaciones de climatización.

     

    ¿QUÉ HAY QUE HACER PARA CUMPLIR LAS NORMAS?

    UNE 171330

    • Inspección y valoración inicial.
    • Parámetros obligatorios a muestrear:
      • CO y CO2.
      • Temperatura.
      • Humedad Relativa.
      • Bacterias y hongos en ambiente.
      • Partículas por contaje (0,5 y 5 µm) y gravimetría (PM2,5)*
    • Parámetros adicionales:
      • Iluminación ambiental.
      • Ruido ambiental.
      • Campo electromagnético.
      • Campo eléctrico y electricidad estática.
    •  Evaluación Higiénica de los sistemas de climatización.
    • Informe Técnico que incluye las recomendaciones de mejora y eventuales medidas correctoras.

     

    UNE 100012

    • Determinación del nº UTA´s y conductos a muestrear.
    • Inspección visual suciedad y deterioro del equipo.
    • Inspección microbiológica.
    • Inspección de materia particulada.
    • Resultados y conformidad de la Inspección.
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